El Ayuntamiento regulará la instalación de placas solares y parques eólicos en la huerta zaragozana

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El Ayuntamiento de Zaragoza ha dado un paso para regular las plantas solares y parques eólicos en la ciudad, particularmente en áreas de suelo productivo de regadío. La Comisión de Urbanismo e Infraestructuras ha aprobado de manera inicial la modificación aislada número 214 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), estableciendo condiciones específicas para este tipo de instalaciones. Esta medida busca armonizar la normativa urbanística y permitir la instalación de plantas fotovoltaicas y parques eólicos en suelo no urbanizable de secano tradicional, que representa el 12.76% del término municipal.

La modificación prohíbe estas instalaciones en terrenos de regadío específicos, como los de protección de huerta honda, regadío alto tradicional y zonas de transición del tramo urbano del río Ebro. El objetivo es compatibilizar la generación de energía con otros usos del territorio, evitando la disminución de la capacidad de producción de alimentos y protegiendo valores naturales, paisajísticos y urbanísticos a largo plazo.

Se establecen reglas para evitar que estas instalaciones afecten negativamente a la calidad visual de los núcleos urbanos y se evite la proliferación incontrolada de líneas de alta tensión. La modificación prohíbe instalaciones fotovoltaicas y eólicas no destinadas al autoconsumo en suelos de regadío, pero permite aquellas destinadas al autoconsumo, con un límite máximo de potencia eléctrica instalada de 25 kW por vivienda.

También se regula la distancia entre suelos urbanizados y parques eólicos o fotovoltaicos para evitar interferencias mutuas. Se establece una distancia mínima de 750 metros entre zonas de vivienda y estas instalaciones, que puede aumentar a 1,000 metros en el caso de parques eólicos según estudios acústicos.

La normativa también aborda las líneas eléctricas de evacuación, exigiendo que sean subterráneas en ciertos casos, como cuando atraviesan suelo urbano o pasan cerca de suelos urbanos residenciales. Se detalla el procedimiento de autorización municipal para las instalaciones de generación y evacuación de energía, diferenciando entre aquellas destinadas al autoconsumo y otras de interés público general.

Además, se establecen criterios para la instalación de parques eólicos y plantas solares en edificios y conjuntos de interés cultural, buscando preservar los valores protegidos y reducir su impacto visual y constructivo. La modificación también contempla la regulación de las instalaciones en áreas municipales y condiciones para el desmantelamiento de parques eólicos y plantas solares al final de su vida útil.