En las últimas semanas, los Agentes de Protección de la Naturaleza (APN) del Gobierno de Aragón han denunciado tres actuaciones de furtivismo y caza ilegal en el Somontano de Barbastro (Huesca).
Dentro de las acciones llevadas a cabo por los APN para el control de la caza y la prevención de la caza furtiva, se han llevado a cabo varias actuaciones en diversos municipios del Somontano. La mayoría de los cazadores inspeccionados cumplen con las obligaciones reguladas por la normativa de caza, si bien existe un pequeño porcentaje que incumple sistemáticamente la normativa.
Estos controles han permitido identificar dos actuaciones de caza furtiva, realizadas tanto de día como durante la noche, en las que fueron abatidos varios animales con arco y flechas en un coto no autorizado donde cazaron corzos –especie que se controla a través de precintos, de los que tampoco disponían-. Tras una larga investigación, los agentes han podido identificar y denunciar al presunto autor. Las diligencias realizadas han sido elevadas a los servicios jurídicos del Gobierno de Aragón para su puesta a disposición judicial.
Hechos similares ya fueron puestos a disposición judicial en 2019, cuando los APN identificaron y denunciaron a un cazador usando las mismas técnicas, tras colgar en redes sociales varias fotografías de sus actuaciones ilícitas.
En otra intervención, los APN detectaron una batida para caza de jabalís que se realizaba en campos agrícolas en los que se carecía de autorización. Tras paralizar la cacería, se identificó a los participantes en la misma, quienes han sido denunciados por cazar en un terreno cinegético no autorizado.
Estas actuaciones podrían tener la consideración de infracción grave contemplada en la Ley 1/2015, de 12 de marzo, de Caza de Aragón, con sanciones que podrían suponer una multa de 300 a 3.000 euros. En el caso de cazar determinadas especies careciendo de las autorizaciones y permisos preceptivos podría tener la consideración de infracción muy grave en la citada ley. Estas infracciones podrían suponer una multa de 3.000 a 60.000 euros. También el Código Penal contempla la caza en los artículos 334 a 336 con penas de prisión.
Estas sanciones podrían llevar aparejada además la inhabilitación para la caza. El furtivismo y las actuaciones ilegales en la actividad de la caza suponen un grave perjuicio para la fauna y la conservación de determinadas especies, pero también para los cotos que tienen los derechos cinegéticos, e incluso para la seguridad de otros usuarios del medio natural.