El Gobierno de Zaragoza ha aprobado en su sesión de hoy la propuesta de la nueva Ordenanza reguladora de la instalación de terrazas de veladores, que sustituirá a la aprobada en 2012. Algunas de las novedades que incluye esta modificación ya habían sido adelantadas a través de distintas instrucciones del Área de Servicios Públicos y Movilidad para actualizar elementos pendientes de renovación y adaptar la actividad hostelera, en la medida de lo posible, a la actual situación de crisis sanitaria. En sus Disposiciones Generales, la nueva Ordenanza introduce como novedades una mayor precisión en la definición de la terraza, incorporando la previsión de que los usuarios permanecerán sentados, para evitar situaciones de aglomeración, así como la clasificación de las terrazas en tres tipos, ordinarias, protegidas e integradas.
Se regulan además las terrazas de establecimientos sitos en centros comerciales u hoteles, y se incrementa ligeramente el porcentaje de superficie susceptible de uso en las plazas. También incorpora la posibilidad de colocación de terrazas sobre la calzada y se establecen unos criterios estéticos obligatorios, con el objetivo de mejorar la estética de la escena urbana. Asimismo se regula la exhibición publicitaria en las terrazas y sus elementos. La nueva Ordenanza regula las terrazas protegidas, entendidas como aquellas que incorporan elementos adicionales para mejorar la estética y el confort, pero en todo caso sin instalaciones que requieran anclaje a la vía pública; y las terrazas integradas que, al implicar instalaciones ancladas al suelo, se remiten al régimen vigente en materia urbanística. Otro elemento importante de la nueva normativa es la regulación del uso de los calefactores, imponiendo aquellos ambientalmente sostenibles (eléctricos o de pellets).
El Título Tercero, sobre obligaciones y prohibiciones, incorpora medidas tendentes a garantizar el control del adecuado uso de las terrazas, así como la compatibilidad de éstas con el resto de los usos del espacio público. Así, se establecen, entre otras: – La obligación de disponer en las mesas y en la terraza de recipientes adecuados para los residuos generados (entre otros, las colillas de los cigarrillos), a fin de evitar la suciedad del espacio público. – El permanente estado de limpieza de la zona ocupada por la terraza, correspondiendo al titular de la licencia el ocuparse de la superficie ocupada. – La de delimitar el perímetro de la terraza, para prevenir todo exceso de ocupación superior a lo autorizado. – La obligación de disponer sonómetros en determinados casos, para permitir el control del ruido emitido y prevenir la contaminación acústica. El Título IV, del régimen jurídico, incorpora novedades tendentes a la simplificación de trámites, en línea con las previsiones de la legislación más reciente.
Destacan, entre otras novedades:
– La ampliación del plazo de presentación de las solicitudes, para facilitar su gestión por los interesados.
– La posibilidad de la renovación automática mediante simple declaración responsable en el caso de licencias ya otorgadas en las que no haya habido cambio de circunstancias.
– Y se conciben las licencias como título que habilita el uso de un determinado espacio, y no para la colocación de elementos prefijados. Con ello se dota de la necesaria flexibilidad al titular de la explotación, para adaptar los elementos a colocar a las circunstancias ambientales (calefactores en invierno, aspersores en verano…) o normativas (como, por ejemplo, disposiciones sanitarias sobre distancia entre mesas y otras).
La versión inicial del texto fue sometida ya a Consulta Pública en la Plataforma de Gobierno Abierto municipal. Una vez revisado el texto e incorporadas algunas aportaciones, el proyecto de Ordenanza será ahora publicado en el Boletín Oficial de la Provincia para Información Pública. A partir de ese momento habrá un plazo de 30 días naturales para la presentación de alegaciones y propuestas, así como otros 5 para que los grupos municipales puedan realizar sus votos particulares. Cumplido este procedimiento, el texto final será aprobado en la Comisión de Servicios Públicos y Movilidad y, a continuación, en el Pleno.
NUEVO REGLAMENTO PARA LOS CMSS
El Gobierno de Zaragoza también ha acordado someter a consulta pública el nuevo Reglamento de los Centros Municipales de Servicios Sociales, elaborado por el Área de Acción Social y Familia bajo los principios operativos de la accesibilidad universal, la calidad de los servicios sociales, la protección de la intimidad de las personas usuarias, la información al ciudadano y la participación.
Las personas y organizaciones interesadas podrán aportar sus opiniones al texto durante un plazo de quince días a través de la Plataforma de Gobierno Abierto, antes de la aprobación definitiva del Reglamento. El Reglamento tiene como objetivo definir y organizar el funcionamiento de los Centros de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Zaragoza, como equipamiento básico de carácter comunitario, para el desarrollo de las políticas públicas de promoción de los derechos sociales de la ciudadanía, así como regular la Carta de Derechos y Deberes de las personas usuarias. De este modo, el Consistorio solventa el vacío legal que suponía la ausencia de esta regulación, cuya obligatoriedad legal está expresada en la Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón, y en especial en el Decreto 184/2016, de organización y funcionamiento de los Centros de Servicios Sociales en Aragón. Como aspectos más novedosos, consta una regulación específica de la estructura y modelo de atención de los CMSS, adaptándose a las exigencias de la Ley 5/2009 con las necesarias adaptaciones a la idiosincrasia de la ciudad de Zaragoza, manteniendo al trabajador social como personal de referencia en cada centro.
APERTURA DE COMERCIO EN FESTIVOS
Asimismo, el Gobierno municipal también ha aprobado los domingos y festivos que podrán abrir los comercios de la ciudad a lo largo de este 2021. Después de trasladar la información a los sindicatos y diferentes asociaciones y federaciones de comerciantes, se ha decidido mantener la apertura autorizada tal y como se había planteado desde el Gobierno de Aragón. Así, se establece que podrán abrir los establecimientos comerciales los días: 2 de mayo, 4 de julio, 5 de septiembre, 1 y 28 de noviembre, y los días de diciembre, 5, 12 y 19.