La Audiencia Provincial de Huesca ha dictado una sentencia que confirma la propiedad de 111 bienes sacros a favor de las parroquias de la diócesis de Barbastro-Monzón. Este fallo se produce tras desestimar el recurso de apelación presentado por la Generalitat de Cataluña y estimar parcialmente los recursos del Obispado de Lleida y del Consorcio de Museos Diocesano y Comarcal de Lleida en relación con las costas del juicio.
Detalles del fallo judicial
La sentencia responde a un recurso de apelación contra una decisión del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Barbastro, que había ordenado la devolución de los bienes a las parroquias. La Audiencia ha ratificado esta decisión, señalando que los derechos de los ciudadanos aragoneses y catalanes son igualmente válidos en este contexto jurídico, y que el caso se centra en la titularidad de los bienes y su devolución.
El tribunal también ha abordado la alegación del Obispado de Lleida sobre la propiedad de los bienes, destacando que se ha acreditado que las parroquias aragonesas son las propietarias originarias. La Audiencia ha indicado que no se ha demostrado que el Obispado haya adquirido el dominio de los bienes en cuestión a través de permutas o donaciones.
Implicaciones sobre las costas del juicio
En cuanto a las costas del juicio, la Audiencia ha condenado a la Generalitat al pago de las mismas, mientras que no se impone ninguna carga adicional al Obispado de Lleida ni al Consorcio de Museos, a pesar de que se estimaron parcialmente sus recursos. El tribunal ha desestimado también las alegaciones de indefensión por parte de la Generalitat, señalando que su intervención fue admitida en el procedimiento.
La sentencia ha sido objeto de un análisis exhaustivo, donde se han revisado todos los motivos alegados por las partes. La Audiencia ha dejado claro que el litigio se centra en la propiedad y la posesión de los bienes, sin que se aplique el derecho canónico en este caso.