La Plataforma Sijena Sí recurrirá los indultos de quienes ampararon desobedecer las órdenes judiciales por los bienes de Sijena

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La Asociación Plataforma Sijena Sí, ante la concesión de indultos a varios ex Consellers de la Generalitat catalana que llevaron a cabo el denominado “procés” de independencia y estuvieron implicados en acciones contra los derechos patrimoniales aragoneses, ha tomado el siguiente acuerdo:

1. La Plataforma Sijena Sí tiene como fin social la recuperación de todo el tesoro artístico del Monasterio de Sijena, y en concreto, la recuperación de las pinturas murales que estaban en su Sala Capitular, que fueron arrancadas ilegalmente por el funcionario de la Generalitat Josep Gudiol, fuera del ámbito territorial de su competencia, aprovechando los momentos iniciales de la Guerra Civil, en octubre de 1936, y que actualmente están a mero título de precario en el MNAC (Museo Nacional de Arte de Cataluña) en Barcelona.

2. El asunto judicial de los bienes artísticos aragoneses en Cataluña es sin duda el más importante, jurídicamente hablando, en la historia de Aragón y  Cataluña, tanto por el número de tribunales que han intervenido (varias salas del Tribunal Supremo, el Tribunal Constitucional en pleno, el Tribunal de Conflictos Jurisdiccionales, Audiencias Provinciales de Lérida, Barcelona y Huesca, Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, e innumerables juzgados de primera instancia e instrucción) como por las consecuencias jurídicas y sociales que se han derivado de él. La Generalitat de Cataluña y sus museos han tenido sobrada oportunidad de defenderse durante años y están fracasando repetidamente en su intención de demostrar que los bienes de Sijena son suyos.

3. La única sentencia de un tribunal ordinario que desobedeció la Generalitat durante el llamado «procés» fue precisamente la Sentencia de 8/4/2015 dictada por la Magistrada del Juzgado nº 1 de Huesca, Doña Carmen Aznar, razón por la cual están procesados por sendos delitos de desobediencia a la autoridad judicial y de usurpación de funciones judiciales los ex consejeros de cultura de la Generalitat Santi Vila y Lluis Puig, quienes se negaron por todos los medios a ejecutar provisionalmente esta sentencia que ordenaba devolver al monasterio varias piezas del tesoro artístico del Monasterio de Sijena que estaban en el Museo de Lérida y en el MNAC, hasta el punto de que tuvo que ser la Guardia Civil, a instancias de la Juez y casualmente dentro del periodo en que fue aplicado el artículo 155 de la Constitución, la que tuvo que ejecutarla. La decisión de no devolver los bienes a instancias del juez estuvo relacionada directamente con las ansias de independencia del procés, hasta el punto de que el Parlamento catalán concluyó que el único efecto del artículo 155 de la Constitución en Cataluña, fue el posibilitar la ejecución de esta sentencia, neutralizando así la desobediencia de los consejeros de cultura catalanes y lográndose ejecutar por fin esa sentencia con la consiguiente devolución de los bienes artísticos del monasterio que estaban en el Museo de Lérida.

4. Esa desobediencia se enmarcaba dentro del proceso de independencia de Cataluña, resistiéndose los entonces consejeros de cultura a entregar esas piezas artísticas, en la esperanza de todo el gobierno de la Generalitat de que, mientras tanto, se culminase el proceso de independencia, en cuyo caso, la Jueza de Huesca ya no tendría jurisdicción en Cataluña, quedándose allí para siempre dicho tesoro artístico y burlando así la ejecución de dicha sentencia.

5. Está pendiente actualmente la entrega del bien más preciado de ese tesoro artístico del Monasterio de Sijena, las pinturas murales de su Sala Capitular que son sin duda las mejores de todo el románico español y que siguen a mero título de precario en el MNAC de Barcelona. También ha abierto la Generalitat un nuevo proceso ante el Juzgado nº 2 de Huesca recientemente para lograr retener las pinturas murales, donde todavía no ha recaído sentencia.