La modificación del Reglamento Municipal del Servicio Urbano de Autotaxi de Zaragoza, para su adaptación a la Ley aragonesa 5/2018 del Taxi, será llevada a la próxima Comisión del Pleno de Servicios Públicos y Movilidad para su aprobación en el Pleno en la última semana de noviembre. El Reglamento municipal vigente fue aprobado en febrero de 2008 por el Pleno de Ayuntamiento, y éste a su vez derogaba la Ordenanza municipal del taxi de 1999. El trámite para esta actualización se inició formalmente a principios de año, con la elaboración de un primer borrador de Reglamento y la celebración (tal y como se indica en la Ley de Procedimiento Administrativo Común) de un proceso participativo en el que se recibieron distintas portaciones y alegaciones, muchas de las cuales, procedentes del propio colectivo taxista, fueron incorporadas al actual proyecto. A lo largo del verano se llevaron a cabo los preceptivos trámites legales (aprobación inicial del proyecto de modificación, notificación a los grupos municipales, publicación en el BOP, presentación de votos particulares y alegaciones y estudio e informe sobre las mismas) que desembocarán ahora en la aprobación definitiva, que aún deberá ser publicada en el boletín Oficial de la Provincia.
La consejera de Servicios Públicos y Movilidad, Natalia Chueca, ha destacado «el buen clima de colaboración existente entre el Ayuntamiento y el sector del Taxi. Este nuevo Reglamento se apoya en esa voluntad común de mejorar y actualizar el servicio que se presta a la ciudad, pero también de favorecer su desarrollo y su modernización«. En este sentido, la consejera ha recordado que el propio Reglamento asegura, entre otros aspectos, «un compromiso expreso del Ayuntamiento de Zaragoza de instrumentalizar ayudas para implementar nuevas tecnologías y para la adquisición de nuevos vehículos adaptados«.
Cabe destacar, entre otras novedades, la incorporación de las alegaciones que hacían referencia a la supresión de los límites de antigüedad de los vehículos adquiridos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente adaptación, así como la concreción de incorporar tecnologías actuales para la contratación del servicio, tal y como prevé la Ley, siempre intentando facilitar al ciudadano el acceso al servicio sin incremento del precio.
Entre las novedades más llamativas para el usuario recogidas en el nuevo Reglamento figuran la posibilidad de disponer de taxis de hasta 9 plazas, así como la de aplicar una tarifa cerrada, con la obligación de activar también el taxímetro, cobrándose el importe más bajo entre el pactado al inicio y el que aparezca en el taxímetro. Asimismo, se permitirá la instalación de sistemas de vigilancia interna del vehículo con fines de seguridad.
El nuevo Reglamento municipal incluirá nuevas definiciones sobre lo que se considera servicios de taxi, servicio urbano de taxi, servicios interurbanos de taxi, servicios discrecionales del taxi, etc. Hay también una constante referencia a la utilización para este servicio de vehículos que respeten el medio ambiente y se intenta facilitar la utilización de este servicio por personas con movilidad reducida, respetando el porcentaje del 5% de vehículos adaptados en la ciudad.
Se establecen, asimismo, nuevos criterios para la creación de licencias, nuevos requisitos para ser titular de las mismas y se establecen las circunstancias en las que éstas se podrán transmitir. También cambia el régimen de explotación, al suprimir la exclusividad en el ejercicio de la profesión e incorporar la posibilidad uso del vehículo para actividades particulares cuando no preste servicio.