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sábado, noviembre 8, 2025
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Los agentes inmobiliarios podrán realizar visitas a locales e inmuebles, cumpliendo ciertos requisitos

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El Consejo General de los Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de España informa a todo el sector que, tras diversas consultas y contactos mantenidos hoy con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a través de su director general, Francisco Javier Martin Ramiro, y el presidente del Consejo, Gerard Duelo Ferrer, los agentes comerciales incluso de las regiones que aún se encuentran en Fase 0 o Fase 0 con avances, podrán realizar visitas a inmuebles y locales para gestiones relacionadas con actividades o negocios inmobiliarios, incluso acompañados de clientes, siempre y cuando se cumplan estas condiciones:

  1. Que el local o vivienda se encuentre deshabitado, o la visita se realice cuando éste se encuentre vacío de sus ocupantes y el tiempo de permanencia en el local o vivienda sea el mínimo imprescindible para la gestión a realizar. Es decir, si la propiedad vive en el inmueble, deberá salir del mismo y esperar fuera o donde quiera.
  2. Que se tomen las adecuadas medidas de seguridad para la prevención del contagio, de protección individual y de distanciamiento, tanto entre cliente y agente comercial, como con los demás ocupantes de otros locales o viviendas del inmueble, a la entrada o salida de los mismos.
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