Los jugadores de categoría nacional tendrán margen para llegar a sus domicilios tras el toque de queda con su respectiva documentación

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Tras la consulta realizada por la Federación Aragonesa a la Dirección General del Deporte respecto a la afectación del toque de queda en Aragón -desde las 6 hasta las 22.00 horas-  sobre los jugadores de categoría nacional de fútbol y fútbol sala que regresan a sus domicilios después de sus entrenamientos o partidos por la geografía aragonesa o por el territorio nacional, la FAF ha puesto en conocimiento de los clubes aragoneses afiliados y específicamente de los participantes en las distintas categorías nacionales que en el día de ayer se recibió del Departamento de Asesoramiento en la gestión de eventos deportivos, dependiente de la Dirección General de Deporte del Gobierno de Aragón, la documentación obligatoria que tienen que llevar los participantes en las mismas que tengan que entrar o salir de un territorio confinado o tengan que regresar a su domicilio tras el entrenamiento o la competición más allá de las 22:00 horas.

La documentación necesaria es la siguiente:

– Declaración responsable según modelo establecido

– Certificado federativo que acredite que se encuentra en alguna de las situaciones mencionadas.

A consecuencia de lo anterior, en las categorías de Tercera División Nacional Liga Nacional Juvenil y Tercera División Nacional de Fútbol Sala queda sin efecto lo dispuesto en la circular general Nº 17 de fecha 19 del actual, respecto a la obligatoriedad de los clubes organizadores de los encuentros de señalar el horario de comienzo de los mismos teniendo en cuenta la limitación de libertad de circulación de las personas entre las 22:00 y las 06:00 horas, que establece el Decreto de Presidencia del Gobierno de Aragón de fecha 15 de enero de 2021, (BOA extraordinario núm. 3, de la misma fecha).

Por otra parte, los respectivos Jueces de Competición de las divisiones antes mencionadas, han adoptado -de manera conjunta-, el acuerdo de mantener el horario de los partidos señalados desde la promulgación de la circular citada en el párrafo anterior hasta el domingo día 24 de enero actual, ello con objeto de no alterar los ya establecidos, especialmente por lo que respecta al nombramiento de los árbitros correspondientes.

¡MUY IMPORTANTE!

Se recuerda que, por normativa del Gobierno de Aragón, en el ámbito territorial, está restringida la entrada y salida de los territorios confinados de los futbolistas, técnicos y árbitros que no tengan licencia de categoría nacional