El Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón ha emitido una orden, publicada en el Boletín Oficial de Aragón, en la que se actualiza la normativa vigente en la comunidad tras la Declaración de Actuaciones Coordinadas aprobada por el Consejo Interterritorial de Sanidad la pasada semana. Asimismo, y de acuerdo con la evolución epidemiológica registrada, se excluye a los municipios de Albalate de Cinca y Alcolea de Cinca de la fase 2, de modo que ambas localidades vuelven a lo establecido en la Nueva Normalidad.
En la orden se establece la obligación de que la autoridad sanitaria realice una evaluación de riesgo de los eventos de carácter multitudinario previa a su celebración, al igual que aquellas actividades que cuenten con afluencia significativa de público y que no tengan establecido un aforo máximo definido.
Así, los organizadores del evento deberán elaborar y aportar un plan de actuación en el que se contengan las medidas de prevención y control previstas para el desarrollo del evento al Servicio Provincial competente, que valorará si las mismas resultan suficientes para asegurar su celebración o si ésta debe quedar condicionada a la adopción de medidas adicionales que permitan su adecuado desarrollo.
El texto también actualiza el régimen sancionador, estableciendo la posibilidad de que el Departamento de Sanidad pueda delegar el ejercicio de la competencia sancionadora en otros órganos de la Administración de la comunidad que, por su competencia material, resulten idóneos para asumir dicho ejercicio.
En lo que se refiere a las residencias, se detalla que se deberán realizar pruebas PCR a todos los nuevos ingresos en los centros con 72 horas de antelación como máximo. Igualmente, por parte de los correspondientes servicios de prevención de riesgos laborales se realizarán pruebas PCR a los trabajadores que regresen de permisos y vacaciones (cuando sean por un periodo superior a 15 días), y a los nuevos trabajadores que se incorporen, recomendándose la realización periódica de pruebas PCR a los trabajadores que estén en contacto directo con los residentes. Asimismo, deberán garantizar la puesta a disposición de materiales de protección adecuados al riesgo.
La orden detalla también el resto de las medidas establecidas por el Ministerio de Sanidad en la declaración de actuaciones coordinadas, como la prohibición de fumar cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros, o el cierre del ocio nocturno, entre otras.