La Dirección General de Protección de Consumidores y Usuarios del Gobierno de Aragón hace un llamamiento a la ciudadanía para que estén alerta ante los números cortos del tipo 118XX. En muchos casos, se trata de servicios de información telefónica o de gestión de cita previa para administraciones como Hacienda, la Seguridad Social o Correos, entre otros, y están gestionados por empresas privadas. Desde Consumo Aragón quieren recordar a los usuarios que estos organismos disponen de página web y teléfono oficial para cualquier consulta y que si optan por contactar con un 118XX que les redirija a los mismos deben asumir los costes especificados por la locución de la llamada. En algunos casos, estos números directorio aparecen como “Anuncios” en la primera página de los navegadores. En otros, se encuentran enlazados a través de banners en otras webs y al clickar nos reenvían a la página que gestiona la llamada a través del 118XX. Consumo Aragón alerta de que estos números ni son oficiales ni son gratuitos y que los organismos públicos como los arriba citados disponen de teléfonos propios de marcación habitual, bien con el prefijo 800 o 900 o, en otras ocasiones, con el 901/902 que en todo caso suponen un coste inferior al de los números cortos. En este sentido, el director general de Protección de Consumidores y Usuarios, Pablo Martínez, incide en que “hay que tener especial cuidado si buscamos intuitivamente en el móvil o en el ordenador el número de teléfono de alguno de estos organismos y, especialmente, si pulsamos desde ahí para llamar sin haber advertido que se trata de una llamada que se realizará a través de otra empresa. Se nos aplicará una tarifa muy elevada, siendo que una búsqueda más pausada nos permite obtener toda la información y el número más apropiado y directo, ya sea gratuito o de tarifa ordinaria”. El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital redactó en 2018 una nueva orden ministerial para reformar la normativa sobre los números de cinco cifras que empiezan en 118. Resumidamente, la orden modificó estos cinco puntos:
- La locución inicial debe durar 15 segundos e informar del precio máximo por minuto de la llamada, su duración máxima y el responsable del servicio. Se prohíbe contenido adicional alguno. Además, se deberán incluir 5 segundos de “guarda”, es decir, un tiempo extra antes de empezar a facturar. Durante estos 20 segundos solo se podrá cobrar el precio de una llamada nacional.
- Las empresas tampoco podrán cobrar una cuota inicial fija por el establecimiento de llamada al 118XX. Solamente se podrá comenzar a cobrar tras los 20 segundos estipulados.
- La duración máxima de la llamada será de 10 minutos, teniendo en cuenta que a través de estos números se ofrece la posibilidad de conectar la llamada con el número por el cual se ha realizado la consulta.
- El precio máximo es de 2,5 euros por minuto para los servicios de libre acceso.
- Solo se podrá facturar a las personas que marquen el número en su teléfono de forma activa, manual y consciente y no mediante sistemas de marcación rápida o inadvertida o a través de apps o SMS.