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El Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda convocará ayudas para la regeneración urbana

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El Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, ha impulsado la convocatoria de ayudas, en el marco de los Fondos FITE, para que las entidades locales puedan iniciar los trámites para la redacción de los planes de regeneración urbana, delimitación de zonas de actuación y tramitación para la adquisición de edificios y solares que se puedan incluir posteriormente en planes de rehabilitación para crear viviendas para jóvenes y nuevos pobladores. Los detalles de la convocatoria se publican hoy en el BOA.

La convocatoria está dotada con 200.000 euros, cofinanciados a través de los fondos FITE, y servirá para financiar aquellos gastos que resulten necesarios para la elaboración de la documentación necesaria para las expropiaciones, declaraciones de ruina, reparcelaciones, contenciones y demoliciones, apuntalamientos, intervenciones estructurales, etc… y para la redacción de las delimitaciones de los ámbitos de actuación y los posteriores Programas de Regeneración Urbana.

El objetivo es anticipar el trabajo para que las actuaciones de rehabilitación y renovación que puedan ser objeto de financiación con los futuros programas, como los nuevos Planes de Recuperación, Transformación y Resiliencia, o en el nuevo Plan de Vivienda 2022-2025, se puedan llevar a cabo en los plazos establecidos.

Villagrasa ha destacado que “con esta convocatoria facilitamos la financiación, gestión y ejecución de las actuaciones necesarias para conseguir delimitar los ámbitos de intervención y redactar los Programas de Regeneración de dichos ámbitos, que incluirán un diagnóstico de la situación y el programa de actuaciones, que permitirá prever las gestiones y financiación necesarias para llevarlos a cabo”.

Tal y como ha explicado la directora general de Vivienda y Rehabilitación, Verónica Villagrasa, “el objetivo es que las entidades locales puedan ir desarrollando los trámites previos necesarios para contar con solares aptos para construir viviendas o edificios estabilizados que puedan ser rehabilitados para viviendas de calidad, eficientes y asequibles”. Las ayudas no están destinadas a la adquisición de solares o edificios.

El importe máximo de cada subvención podrá ser de hasta el 100 % del coste subvencionable, sin que la misma pueda ser superior a 25.000 euros. El procedimiento de concesión de estas subvenciones será el de concurrencia competitiva por procedimiento simplificado, de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

Los objetivos finales hacia los que se dirigen estas actuaciones son la disposición de toda la documentación y tramitación necesaria previa a la adquisición de:

a) Solares aptos para construir viviendas nuevas en sustitución de otras que se derriben, por su degradación, obsolescencia o estado de ruina (actuaciones de renovación)

b) Edificios consolidados y seguros para su posterior rehabilitación, acondicionamiento o reforma interior, con destino a viviendas

c) Espacios urbanos y viales, en condiciones de seguridad, salubridad y accesibilidad, que den acceso y servicios a estas futuras viviendas (actuaciones de regeneración)

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