Dada la evolución de la situación epidemiológica, el Departamento de Sanidad va a emitir una orden, que será publicada en el Boletín Oficial de Aragón (BOA), por la que se restringe la libre entrada y salida de personas residentes en el término municipal de Ejea de los Caballeros durante 7 días con el objetivo de atajar el incremento de casos notificado en los últimos días.
Así, si en la primera semana de agosto se detectaron 20 casos, lo que supone una tasa de 100 por 100.000 habitantes, en la pasada semana se han detectado 146 infecciones, lo que supone una tasa de más de 800 casos por 100.000 habitantes. En estos momentos es el territorio de Aragón con incidencia más alta, dado que la incidencia en el conjunto de la comunidad durante la última semana es de 270 afectados por 100.000 habitantes.
Cabe destacar, además, que la mayor parte de los positivos detectados en el municipio cincovillés están ligado a brotes comunitarios ligados a eventos y reuniones sociales, coincidiendo con periodos de celebraciones locales, concretamente las llamadas no fiestas.
Ante esta situación, se entiende necesario, al igual que se ha hecho con anterioridad en otros territorios de la comunidad, la aplicación en dicho municipio de las medidas de prevención propias de la fase 2 de desescalada, hasta que la evolución favorable de la situación epidemiológica permita su reincorporación al régimen general de nueva normalidad.
Además, se restringe la libre entrada y salida de personas residentes en el término municipal de Ejea de los Caballeros a partir del día siguiente al de publicación de la orden, con las siguientes excepciones:
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales.
- Retorno al lugar de residencia.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Asistencia del alumnado a centros educativos de cualquier nivel y etapa de enseñanza.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
Se permite la circulación dentro del municipio afectado, si bien se recomienda evitar los desplazamientos y actividades no imprescindibles.
La orden surtirá efecto desde el día siguiente a su publicación en el BOA y tendrá vigencia por un plazo inicial de siete días, a contar desde las 00:00 horas del día de su publicación, sin perjuicio de que dicho plazo pueda verse prorrogado si así lo requiere la evolución de la situación epidemiológica.
Modificación de la orden de nueva normalidad
Asimismo, se emitirá una orden que modificará la orden SAN/474 que regulaba la nueva normalidad en Aragón en estos aspectos:
- Suspensión de las fiestas patronales hasta el 31 diciembre.
- Se concreta la limitación de horarios de los locales de juego y apuestas a la 1 de la madrugada.
- Respecto a las reuniones sociales (bodas, bautizos comuniones y otras celebraciones particulares en locales públicos), los aforos quedan restringidos a 50 personas en espacios cerrados, cumpliendo las agrupaciones máximas en mesas de 10 personas, y a 100 en espacios abiertos, con las mismas condiciones.
- Se capacita a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la competencia para aplicar medidas provisionales sin necesidad de ratificación administrativa previa.
*La rueda de prensa en la que se ha informado de estas medidas está disponible aquí: https://youtu.be/tN_sb_u6g54
*La incidencia de los últimos días por zonas básicas de salud está disponible en el Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón: https://transparencia.aragon.es/COVID19