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La Dga elabora un protocolo sanitario para el nuevo curso escolar

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El Departamento de Educación incluye todas estas medidas en los protocolos específicos que ha lanzado para comienzo de curso y que refuerzan los planes de contingencia, refuerzo pedagógico y digitalización ya publicados a finales del pasado mes de junio. Además de una orden de inicio de curso adaptada a las circunstancias actuales, el protocolo de comedor y una guía para docentes y familias, los Departamentos de Educación y Sanidad del Gobierno de Aragón han firmado un protocolo para el desarrollo de acciones conjuntas para la vigilancia del COVID-19 en los centros docentes de Aragón para dar tranquilidad a los centros y a las familias con el objetivo de dar pautas de actuación ante posibles contagios tanto a los centros como a las familias.

Este marco de colaboración se organiza en tres ejes: actuaciones de promoción de la salud dirigidas a la comunidad educativa, actuaciones de asesoramiento y formación y actuaciones de intervención sanitaria en los centros educativos. Para ello, se establecerá una persona responsable para los aspectos relacionados con COVID-19 en cada centro educativo que actuará como interlocutor con los servicios sanitarios frente a un posible caso de contagio, ante el que se dará una respuesta inmediata. El rastreo comunitario de cada niño se hará desde el centro de salud donde tenga su pediatra o médico y desde Salud Pública se dirigirá la intervención sobre el colegio.

A fin de realizar una detección precoz de los posibles contagios se considerará contacto estrecho de un caso confirmado cualquier persona que desde 2 días antes del inicio de síntomas del positivo le haya proporcionado cuidados, sin mascarilla, o que haya estado en el mismo lugar a una distancia menor de 2 metros y durante más de 15 minutos. En el entorno educativo, se considerará contacto estrecho todos los miembros del grupo de convivencia estable en el que aparece un positivo, además de cualquier persona que haya estado en el mismo lugar que un caso, en los dos días previos al inicio de síntomas y sin las medidas de protección detalladas anteriormente.

El caso confirmado deberá permanecer aislado hasta transcurrir un mínimo de 10 días desde el inicio de síntomas. Los contactos de éste, sean positivos o negativos, deberán permanecer en cuarentena 14 días desde el último contacto con la persona infectada.

Actuaciones con el alumnado

A. En caso de que un alumno/a presente síntomas estando fuera del centro.

El alumno o alumna no debe acudir al centro y la familia comunicará la circunstancia al centro educativo y contactará con su centro de salud para recibir la atención e información correspondiente. Si fuera positivo, Salud Pública se pondrá en contacto con el centro educativo y emitirá las instrucciones correspondientes para el estudio de casos y contactos. Si la prueba diagnóstica resulta negativa, se considerará caso descartado.

B. En caso de que un alumno/a presente uno o varios síntomas en el centro educativo.

Aislamiento inmediato en un espacio reservado para la ocasión y con mascarilla. También se llamará a la familia para que recoja al estudiante, que deberá ponerse en contacto con su centro de salud para proceder a las pruebas. Se realizará ventilación, limpieza y desinfección de la zona de aislamiento.

C. En caso de que un alumno/a sea caso confirmado.

El centro de salud al que esté adscrito el niño o niña positivo en COVID-19 identificará a los contactos familiares y sociales. En cuanto a la intervención en el centro educativo, Salud Pública dará las instrucciones concretas al colegio para la realización de PCR a los contactos estrechos del caso, que deberán guardar la cuarentena durante 14 días, aunque su PCR sea negativa. El alumno/a que resulte positivo no podrá volver al centro hasta que finalice su periodo de aislamiento, con la firma de una declaración responsable por parte de la familia. El cierre completo de un centro no se contempla como medida general salvo que se compruebe que hay transmisión en varios niveles del centro.

D. Caso de que un alumno/a sea contacto estrecho.

Permanecerá en su domicilio, aunque su PCR sea negativa, siguiendo las indicaciones de Salud Pública, y se avisará al centro de la ausencia. Acabada la cuarentena, de 14 días, se incorporará al centro con la firma de una declaración responsable por parte de la familia.

Actuaciones con el personal

A. Trabajador/a que presenta síntomas fuera del centro educativo.

Deberá permanecer en su domicilio y contactar con su centro de salud para valoración. Informará al equipo directivo del centro, que lo notificará a Riesgos Laborales.

B. Trabajador/a que presenta síntomas en el centro educativo.

Se le remitirá a su domicilio con una mascarilla quirúrgica y sin acompañante. En todo momento, se garantizará una distancia de al menos 1,5 metros con otras personas. El trabajador deberá permanecer en su domicilio y contactará con su centro de salud para valoración. El equipo directivo del centro trasladará a Riesgos Laborales la situación. Se intensificará la ventilación y limpieza del puesto de trabajo de la persona afectada.

C. Persona trabajadora sin sintomatología que es contacto estrecho y PCR negativa.

No debe acudir al centro educativo hasta superado el periodo de cuarentena e informará al centro del motivo de la ausencia. Como en los casos anteriores, el equipo directivo lo comunicará a Prevención de Riesgos Laborales.

D. Persona trabajadora que es caso confirmado.

Deberá seguir las indicaciones del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. Los servicios de vigilancia epidemiológica y/o atención primaria realizarán el rastreo de sus contactos y analizarán el caso para decidir las medidas, que pueden incluir cuarentena de los contactos estrechos o cierre del aula. Las autoridades sanitarias y educativas determinarán las medidas correspondientes.

Cualquier decisión derivada de incidencias de carácter sanitario en los centros educativos será competencia del Departamento de Sanidad en coordinación con Educación, limitándose el centro a la comunicación de cualquier circunstancia susceptible de intervención y a la aplicación de las medidas que se determinen.

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