8.3 C
Zaragoza
martes, noviembre 26, 2024
escucha onlinespot_img

Resolución del CSD sobre competiciones no profesionales

Más noticias

Extracto de la Resolución de la Presidenta del Consejo Superior de Deportes una vez examinada la propuesta de la Federaciones Deportivas Españolas, organizadoras de Ligas regulares, competiciones federadas oficiales no profesionales de ámbito estatal, para el establecimiento de un marco adecuado para la resolución de situaciones que pudieran plantearse como consecuencia de la crisis sanitaria propiciada por la pandemia de la COVID 19

Como consecuencia de la suspensión de las actividades deportivas, las ligas regulares no profesionales organizadas por las federaciones deportivas españolas han quedado suspendidas en el curso de su desarrollo.

Esta situación debido a una causa de fuerza mayor ajena a las federaciones deportivas genera, tanto para estas mismas como para los y las participantes en tales eventos deportivos, un escenario de incertidumbre e inseguridad.   Ante la necesidad de adoptar las decisiones encaminadas a resolver todo lo relativo a sus competiciones y, en especial, con respecto a las ligas regulares de las competiciones oficiales no profesionales que están suspendidas, tratando de resolver si estas deben o no continuar. Y, por otro lado, en el caso de que no se puedan concluir, sobre cuál será el orden clasificatorio a efectos de determinación de ganadores, o el régimen de ascensos y descensos.   En aras de cumplir con los criterios de integridad y justicia vinculados a la competición deportiva, que requiere la adaptación de estas medidas, en relación a las competiciones federadas oficiales no profesionales de ámbito estatal con formato de liga regular que hubiesen resultado afectadas por la crisis sanitaria de la COVID-19.   Las federaciones deportivas, deberán adoptar internamente los acuerdos precisos para resolver todo lo relativo a estas competiciones; y, en especial, con respecto a las ligas regulares de las competiciones deportivas oficiales no profesionales organizadas por ellas.

Que en virtud del artículo 16, Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas, y de acuerdo con las funciones que éste les atribuye en lo relativo a la modificación de calendarios y reglamentos, sean las comisiones delegadas de las federaciones deportivas españolas las que asuman la competencia para conocer y resolver cuantos aspectos se susciten, en relación con las ligas regulares no profesionales organizadas o cuya titularidad corresponda a dichas entidades. En concreto:  

a) La determinación de si las ligas regulares no profesionales que no se hayan dado por finalizadas deben o no reanudarse.

b) En el supuesto de reanudarse las ligas regulares no profesionales, la determinación del momento y formato en el que proceda llevarse a cabo.

c) En el caso de no reanudarse, o pese a reanudarse y no ser posible su conclusión, la determinación del orden clasificatorio y, en especial, la fijación de ganadores.

d) En el caso de no reanudarse, o pese a reanudarse y no ser posible la normal conclusión, la determinación del régimen de ascensos y/o descensos para la siguiente temporada.

e) La determinación de otras cuestiones que guarden relación con los aspectos apuntados en los apartados anteriores, y en general sobre cualesquiera otros aspectos que en el ámbito deportivo-competicional afecten a las ligas regulares ante posibles incidencias o supuestos derivados de la situación generada por la crisis de la COVID-19.

Artículo anterior
Artículo siguiente
spot_img
spot_img

En portada

Cuatro jugadores del Wanapix Sala 10 a la Selección Española

El fútbol sala de Zaragoza, concretamente el Wanapix Sala 10, tiene jóvenes promesas y dos últimas noticias lo confirman:...
spot_img

Más artículos como este

spot_img