La cercanía del mes de septiembre y el inicio del curso académico son fechas de búsqueda activa para estudiantes, profesores y trabajadores que necesitan alquilar una vivienda. Una ardua labor que en estos tiempos de pandemia se ve agravada debido a la incertidumbre que la evolución de la expansión de la COVID-19 provoca.
Es por ello que, desde la Unión de Consumidores de Aragón, recomendamos que, en la redacción de contratos de alquiler destinados a estudiantes y profesores, se incluya una cláusula que regule la posibilidad de desistir del contrato sin penalización alguna para el caso de que pueda procederse a la suspensión de las clases presenciales y se impartan las clases online.
La inclusión de dicha cláusula también sería ventajosa para el arrendador, ya que podría volver a poner en el mercado de alquiler una vivienda que se encuentra vacía.
Recomendaciones básicas para evitar fraudes
- No pagues ninguna señal por adelantado hasta que veas la vivienda, y exige un justificante de pago.
- Comprueba en el Registro de la Propiedad que el dueño del inmueble es quien dice ser.
- Tómate tu tiempo, busca despacio y elige bien las páginas de internet.
- Compara precios entre pisos similares.
- Utiliza el sentido común y sospecha de los pisos perfectos con un precio de ganga.
- Evita las páginas de internet o anuncios que solo facilitan como dato de contacto un teléfono móvil o una dirección de correo electrónico.
- Elige las páginas de internet que tengan una dirección física y haga las comprobaciones pertinentes hasta donde sea posible.
- No hagas pagos en efectivo.
- Si acudes a una agencia inmobiliaria, asegúrate de que no te están ofertando la venta de un listado de pisos de alquiler. Hay empresas que cobran un importe por vender un listado de pisos de alquiler, que normalmente no está actualizado, y no garantizan que se consiga el piso deseado. Simplemente venden un listado de pisos. Se ha detectado que, en muchos casos, elaboran ese listado con los carteles que figuran en los portales de las viviendas. El precio por la venta de estos listados ronda los 250-300 €.
- Si alquila directamente a un particular, asegúrate de que es el propietario de la vivienda o que tiene un poder notarial para alquilarla.
Si vas a alquilar una vivienda a través de una agencia inmobiliaria, pregunta previamente por el importe de sus honorarios profesionales por efectuar la gestión, y si esos gastos van a ser sufragados por el arrendador.
Recomendaciones para la firma del contrato de alquiler
- Recuerda que antes de firmar un contrato, puedes pedir un borrador al propietario para su estudio antes de la firma.
- Aunque estés de acuerdo con el borrador que te han facilitado, no firmes el contrato sin haberlo leído previamente, para comprobar que las condiciones son las mismas.
- Pregunta si los gastos de comunidad están incluidos en el precio del alquiler.
- Pregunta si los suministros de agua, luz y gas están dados de alta.
- Si el contrato de arrendamiento dispone de muebles, es necesario que en el contrato figure un inventario con los muebles, y se recomienda adjuntar en el contrato fotos del inmueble con el mobiliario que recibe.
- El importe de la fianza es de un mes de renta, ya sea la vivienda con o sin muebles.
- El arrendador, para asegurarse la solvencia del inquilino, puede, adicionalmente a la fianza, exigir aval bancario o firma de persona avalista. Dicha fianza o garantía adicional no puede ser superior a dos mensualidades de renta.
- Si eres estudiante y/o profesor que va a alquilar la vivienda para el curso académico, solicita la inclusión de una “cláusula COVID” que regule la posibilidad de desistir del contrato sin penalización alguna, para el caso de que se suspendan las clases presenciales y se impartan las clases online.
Ante cualquier duda sobre la normativa de arrendamientos urbanos, no dudes en ponerte en contacto con UCARAGÓN para que el equipo de la asesoría jurídica te informe sobre la misma.