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CEPYME Zaragoza propone incluir una cláusula social en los pliegos de la contratación pública a favor de pymes y autónomos

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CEPYME Zaragoza ha presentado esta mañana una propuesta de cláusula social a favor de las pymes y los autónomos para incluir en los pliegos de la contratación pública. La organización empresarial considera que en el ámbito de la contratación pública, además de facilitar el acceso de pymes y autónomos a concurrir a dichos concursos, debería generalizarse la exigencia en los pliegos de contratación, como condición inexcusable y previa al pago del precio público a la empresa contratada, la justificación del efectivo pago a las subcontratas.

Los problemas para acceder a información, el desconocimiento de los procesos de licitación, la carga administrativa excesiva o el coste de preparación de ofertas hacen inaccesible el mercado de la contratación pública para pymes y autónomos y las convierte, en la mayoría de los casos, en subcontratas de grandes corporaciones.

En la actualidad, la Ley de Morosidad contempla un plazo de pago de 60 días y, sin embargo, tanto grandes empresas como muchas administraciones están superando dichos tempos, provocando que pymes y autónomos tengan su estructura financiera y solvencia débil y dependan exclusivamente de los ahorros del empresario/a.

Cuando una gran empresa o una Administración Pública traslada el plazo de pago está ocasionando un roto a las pymes y los autónomos”, ha señalado María Jesús Lorente, presidenta de CEPYME Zaragoza. “Nos obliga a buscar financiación a los bancos que, además,no ofrecen las mismas condiciones para pequeñas que para grandes empresas”.

Asimismo, CEPYME Zaragoza ha criticado la práctica perniciosa de algunas grandes empresasde usar la mora o el impago al subcontratado como fórmula de financiación, retrasándoles el pago debido o directamente condicionándoseloal cobro por la contratante del precio final del contrato. La organización empresarial ha denunciado que esto les convierte injustamente en partícipes del riesgo y ventura de una operación de la que solo eran parte ajena.

Por ello, CEPYME Zaragoza ha pedido que las Administraciones Públicas y órganos de contratación ejerzan, en cualquier caso y en todo tipo de modalidad contractual, la facultad prevista en el artículo 217 de la LCSP de comprobación del cumplimiento de los pagos que los contratistas adjudicatarios de los contratos públicos hagan a todos los subcontratistas o suministradores que participen en los mismos.  Y ello como condición necesaria y previa para el pago al contratista.

Para ello, CEPYME Zaragoza ha solicitado que la Administración aplique, por consenso, convencimiento y acuerdo de todos los grupos políticos, a todos los contratos y pliegos de la Administración una cláusula de RESPONSABILIDAD SOCIAL, similar a las que actualmente se incorporan a los pliegos relacionados con la diversidad, igualdad, calidad o excelencia y, que en caso de incumplimiento, conllevara explícitamente una penalización o inhabilitación temporal para el acceso a contratación pública.

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