Con este acuerdo, los titulares de las consejerías de Vicealcaldía, Presidencia, Urbanismo e Infraestructuras -o sus sustitutos legales- reciben, durante la duración del estado de alarma, y en periodos sucesivos en el orden citado, la delegación de las competencias del Gobierno de Zaragoza con excepción de las delegadas en otros órganos municipales y las atribuciones indelegables.
Asimismo, las competencias delegadas por el Gobierno en el Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo serán ejercidas para asuntos urgentes, y mientras dure el estado de alarma, por el consejero de Urbanismo o quien legalmente le sustituya.
En tercer lugar, el acuerdo faculta al alcalde, en el supuesto de prórroga de la duración del estado de alarma, para determinar los titulares de las consejerías de las áreas de Gobierno que ejercerán, por delegación, las competencias del Gobierno de Zaragoza durante el estado de alarma.
Igualmente, se han establecido, mediante dos decretos de Alcaldía, las suplencias de los titulares de las consejerías de área y de las concejalías delegadas en caso de ausencia o enfermedad durante el estado de alarma y la delegación en el consejero de Urbanismo, para asuntos urgentes, de las competencias delegadas por el alcalde en el Consejo de la Gerencia.