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El Instituto Aragonés de la Mujer convoca ayudas contra la violencia contra la mujer por importe de 285.000 euros

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El Boletín Oficial de Aragón publica este lunes, 18 de septiembre, dos ayudas convocadas por el Instituto Aragonés de la Mujer (IAM) para entidades formadas por mujeres y para entidades sin ánimo de lucro para la prevención, sensibilización y erradicación de la violencia contra la mujer. Las subvenciones alcanzan una cuantía total de 285.000 euros.

Respecto a las ayudas para entidades formadas por mujeres, se han convocado subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de estos recursos, con el objeto de realizar actuaciones dirigidas a conseguir que la igualdad entre hombres y mujeres sea real y efectiva y el fomento del asociacionismo de las mujeres.

Las acciones objeto de estas ayudas tendrán como finalidad la sensibilización, información, asesoramiento y formación sobre la igualdad de género y el principio de no discriminación por razón de género; reducir situaciones de desigualdad o discriminación por razón de género; empoderar a las mujeres, su imagen y posición social; y contribuir al desarrollo de las capacidades y aprendizaje de habilidades de las mujeres en todos los ámbitos de la vida, desde una perspectiva de género.

Se podrán beneficiar de esta línea de subvención las asociaciones, federaciones o fundaciones de mujeres y las asociaciones mixtas en cuyos estatutos conste expresamente la existencia de una sección o área de mujer, u órganos específicos de mujeres, legalmente constituidas e inscritas en el registro. Además, deberán carecer de ánimo de lucro, ser de utilidad pública o cumplir una función social, tener como objetivo la promoción de la igualdad, tener sede social o delegación en Aragón y tener su ámbito de actuación en esta comunidad.

En esta línea, se concederán subvenciones por una cuantía total de 135.000 euros con cargo a los presupuestos del IAM para el ejercicio 2023. La cuantía máxima de la subvención para cada una de las entidades beneficiadas será de 6.000 euros, y solo se subvencionará un proyecto por peticionario y convocatoria.

Serán gastos subvencionables aquellos que se ejecuten y hayan sido contraídos desde el 1 de enero y hasta el 30 de noviembre de 2023. El plazo para presentar solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria este lunes.

150.000 EUROS EN LA SEGUNDA LÍNEA DE SUBVENCIONES

Por otra parte, las subvenciones para entidades sin ánimo de lucro para la prevención, sensibilización y erradicación de la violencia machista tienen como finalidad prevenir, sensibilizar y erradicar todas las formas de violencia ejercidas contra las mujeres y sus hijos, así como atender situaciones de exclusión social vinculadas a todas las formas de violencia ejercidas contra las mujeres y sus hijos.

Se podrán beneficiar de esta línea las organizaciones, fundaciones y federaciones que impulsen y promuevan actividades de prevención, sensibilización y erradicación de comportamientos violentos contra las mujeres y sus hijos, legalmente constituidas y que no tengan ánimo de lucro, que sean de utilidad pública o cumplan una función social, que tengan su sede social o delegación en Aragón y que desarrollen su actividad en la comunidad.

Asimismo, deberán disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello; establecer mecanismos de control de la actuación, a través de la implantación de un sistema de control y evaluación de las actividades propias de la entidad, mediante indicadores que permitan medir el grado de cumplimiento de los objetivos; y tener integrada en la entidad perspectiva de la igualdad de género, presente en la elaboración y ejecución de los proyectos.

Se conceden subvenciones por una cuantía total de 150.000 euros con cargo al presupuesto del IAM de 2023. La cuantía máxima para cada una de las entidades beneficiarias será de 25.000 euros y solo se subvencionará un proyecto por peticionario y convocatoria. Serán gastos subvencionables aquellos realizados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2023. El plazo para presentar solicitudes es también en este caso de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín. 

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