La Audiencia Provincial de Zaragoza ha decidido revocar un auto del Tribunal de Instancia que se inhibía de un caso de violencia de género, después de que la persona denunciada hubiera cambiado su sexo en el Registro Civil. El tribunal considera que la inhibición fue prematura y que es necesario investigar si este cambio se realizó con el fin de eludir la aplicación de la normativa sobre violencia de género.
Contexto del caso
El caso se origina a partir de una denuncia por maltrato habitual y lesiones presentada por una mujer contra su expareja, quien había cambiado su sexo legalmente antes de los hechos denunciados. La Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia consideró que, al ser ahora considerada legalmente como mujer, no tenía competencia para investigar el caso. Sin embargo, la Audiencia ha señalado que la decisión de inhibirse no tuvo en cuenta la posibilidad de un fraude de ley, dado que la persona denunciada tiene antecedentes de violencia de género.
Implicaciones legales y próximas acciones
La Audiencia ha ordenado que se comunique al encargado del Registro Civil la situación del cambio de sexo para determinar si ha habido fraude. Este aspecto es crucial, ya que, si se confirmara que el cambio fue realizado para evadir responsabilidades legales, podría tener consecuencias significativas en la evaluación del caso. Mientras tanto, el tribunal ha decidido que la Sección de Violencia sobre la Mujer continúe con la instrucción del caso hasta que se aclare la situación registral.
Este fallo subraya la complejidad de los casos de violencia de género que involucran cambios de identidad de género y plantea importantes preguntas sobre la protección de las víctimas en situaciones donde los derechos de identidad y la legislación sobre violencia de género pueden entrar en conflicto.
La resolución ha sido notificada a las partes implicadas y se ha declarado que no cabe interponer recurso alguno contra la misma.






