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domingo, mayo 5, 2024
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Firma del convenio entre el Gobierno de Aragón y el Consejo de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios para gestionar el Plan MOVES II

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El vicepresidente y consejero de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial, Arturo Aliaga, y el presidente del Consejo de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios, Manuel Teruel, han firmado el convenio para gestionar este programa, como entidad colaboradora del Ejecutivo. La propuesta que dio origen a esta rúbrica fue ratificada en el Consejo de Gobierno el pasado 2 de septiembre. La entrada en el registro de las solicitudes se llevará a cabo en la Dirección General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón.

Aliaga ha destacado el papel de las Cámaras de Comercio que ya se hicieron cargo de la gestión del programa MOVES I. El vicepresidente ha recordado que «Aragón está entre las cinco comunidades que lo han puesto en marcha y la única, hasta ahora, en publicar las cuatro actuaciones que incluye». Sobre la labor de las cámaras, Aliaga la ha calificado como «solvente y de confianza para la gestión» y ha asegurado que, desde el Gobierno de Aragón, «se hace una apuesta permanente y continua por ellas».

Los 2,8 millones de euros de este programa se distribuirán en cuatro actuaciones diferentes: la adquisición de vehículos de energías alternativas, la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos, la implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y, por último, la implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo.

El MOVES II está financiado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Fondo FEDER. Aragón destina el 41% a la compra de vehículos de energías alternativas (1.153.434), el 36,4% a la implantación de infraestructura de recarga, (1.025.274), el 4,5% a los sistemas de bicicletas eléctricas (128.159), y el 9,1% a la implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo (256.318).

Entre las novedades de esta segunda edición, permite a las comunidades autónomas llevar a cabo inversiones directas con cargo al programa.

ACTUACIÓN 1. ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS DE ENERGÍAS ALTERNATIVAS.

Una de las novedades del nuevo Plan MOVES es que el achatarramiento del vehículo de siete años pasa a ser opcional.

Dentro de este punto, se podrá optar a ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas: eléctricos puros, eléctricos de autonomía extendida, híbridos enchufables, eléctricos de célula de combustible, eléctricos híbridos de célula de combustible y camiones propulsados por GLP, gas natural.

Los vehículos deberán ser nuevos, matriculados por primera vez en España y de las siguientes categorías:

• Turismos (M1)

• Autobuses o autocares (M2 o M3)

• Furgonetas, furgones, camiones y camiones ligeros (N1, N2 o N3)

• Cuadriciclos ligeros (L6e), pesados (L7e) y motocicletas (L3e, L4e, L5e)

Los modelos de vehículos susceptibles de ser incentivados deben figurar en la Base de vehículos del IDAE:http://coches.idae.es/base-datos/vehiculos-elegibles-programa-MOVES

También será subvencionable la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible de categorías M1 y N1 y con hasta nueve meses de antigüedad, desde su primera matriculación hasta la fecha de registro de la solicitud de ayuda y cuya titularidad deberá ostentarla el concesionario, punto de venta o fabricante o importador que realice la venta del vehículo.

La fecha de factura y matriculación debe ser posterior a la fecha de registro de solicitud de ayuda, salvo las adquisiciones realizadas por personas físicas sin actividad profesional o que no desarrollen actividad económica, que hayan sido formalizadas a partir de la entrada en vigor del Real Decreto del 18 de junio. En la factura deberá constar un descuento por parte del fabricante/importador o punto de venta de al menos 1.000 euros para las adquisiciones de vehículos de categorías M1 y N1, por el «Programa MOVES II».

La cuantía de las ayudas oscilará entre 750 €, para motocicletas eléctricas y 15.000 € para camiones y autobuses eléctricos, según el tipo de vehículo y de destinatario.

El achatarramiento opcional de un vehículo de más de 7 años de antigüedad aumenta la cuantía subvencionable. Por ejemplo, un turismo M1 híbrido enchufable, de más de 90 km. de autonomía, optaría a 4.000 euros sin achatarramiento y 5.500 euros con achatarramiento.

ACTUACIÓN 2: IMPLANTACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE RECARGA DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

Los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos serán subvencionables en la modalidad de adquisición directa. Además, en el caso de comunidades de propietarios, será subvencionable la preinstalación eléctrica para recarga de vehículo eléctrico. La infraestructura de recarga de vehículos eléctricos podrá ser tanto pública como privada y los sistemas de recarga se clasificarán en cinco apartados, según su potencia:

a) Sistema de recarga vinculado: Potencia inferior a 7 kW.

b) Sistema de recarga convencional: Potencia igual o superior a 7 kW, e inferior a 15 kW.

c) Sistema de carga semirrápida: potencia igual o superior a 15 kW e inferior a 40 kW.

d) Sistema de carga rápida: potencia igual o superior a 40 kW e inferior a 100 kW.

e) Sistema de carga ultra rápida: potencia igual o superior a 100 kW.

En cuanto a la cuantía subvencionable, se establece para esta actuación un límite de ayudas de 100.000 euros por destinatario último. La ayuda será el 30% del coste subvencionable para personas jurídicas y del 40% para el resto.

ACTUACIÓN 3. IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS DE PRÉSTAMO DE BICICLETAS ELÉCTRICAS

Se considera actuación subvencionable el proyecto, la obra civil, anclajes y bases del sistema, el coste de adquisición de las bicicletas y los gastos en software necesarios para gestionar el sistema de préstamo. La obra civil y adquisición de los distintos elementos del sistema no podrá ser anterior a la fecha de registro de la solicitud en la convocatoria correspondiente de este programa. Los sistemas podrán ser públicos o bien restringidos al ámbito de empresas o polígonos industriales.

Sobre la cuantía subvencionable, se establece un límite de ayudas de 100.000 euros por destinatario último y convocatoria. Y, para los sistemas de préstamo de bicicletas eléctricas, la ayuda será el 30% del coste subvencionable.

ACTUACIÓN 4. IMPLANTACIÓN DE MEDIDAS DE MOVILIDAD SOSTENIBLE EN EL TRABAJO

En la cuarta actuación, accederán a ayudas las actuaciones de movilidad sostenible en los centros de trabajo o centros de actividad para conseguir una mayor participación de los modos más eficientes. Se establece un límite de ayuda de 65.000 euros por destinatario último. La ayuda será del 40% del coste subvencionable para los destinatarios últimos de ayuda, salvo para aquellos destinatarios sin actividad comercial ni mercantil en cuyo caso la ayuda será del 50%.

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