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El Ministerio de Hacienda compensa a las entidades locales por la caída de ingresos en el transporte público

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El Ministerio de Hacienda y el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana trabajan en una medida para
compensar la caída de ingresos en 2020 por los operadores del servicio
de transporte público urbano como consecuencia de la pandemia y de las
medidas adoptadas para contener la expansión del virus.
Con la intención de que pueda estar aprobada lo antes posible, la
Secretaría de Estado de Hacienda ha aprobado una Resolución, publicada
hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que dicta instrucciones relativas
al suministro de información por las Entidades Locales en relación con la
prestación del servicio de transporte público urbano o interurbano.

Esta información servirá de fundamento para determinar una concesión directa
de subvenciones a favor de aquellas entidades que prestan el servicio
regular de transportes público o interurbano.
El pasado mes de diciembre, la ministra de Hacienda, María Jesús
Montero, y el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José
Luis Ábalos, remitieron a los alcaldes una carta en la que se
comprometieron a implementar una medida que permita compensar el
déficit extraordinario sufrido en 2020 por los operadores del servicio de
transporte público urbano.
La información que habrán de suministrar los municipios se referirá al año
2019, el ejercicio inmediatamente anterior a la pandemia y servirá de base
para determinar la compensación. Las Entidades Locales incluidas en la
Resolución de la Secretaría de Estado de Hacienda son los ayuntamientos,
las diputaciones provinciales, los consejos y cabildos insulares, las
mancomunidades y comarcas, así como las diputaciones forales de los
Territorios Históricos del País Vasco, que prestan habitualmente el servicio
regular de transporte público urbano o interurbano, con independencia de
la modalidad de gestión del mismo.
En el caso de los servicios de transporte prestados por el Consorcio
Regional de Transportes de Madrid, la Autoridad del Transporte
Metropolitano de Barcelona-Autoritat del Transport Metropolità, o la
Autoridad del Transporte Metropolitano de Valencia-Autoritat de Transport
Metropolità de València, la información se podrá remitir por los
ayuntamientos integrantes de los mismos.
La Resolución establece también el plazo que tendrán ayuntamientos para
suministrar la información: será de 15 días naturales a contar desde el de
apertura de la aplicación telemática correspondiente que se habilite en la
Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales,
accesible desde la página web del Ministerio de Hacienda.

Datos que han de proporcionar las Entidades Locales

La información que los organismos habrán de hacer constar en un
formulario que deberán remitir a Hacienda incluirá:

La identificación de la Entidad Local y del prestador del servicio de
transporte público en 2019, con referencia fiscal y razón o
denominación social.

  • La modalidad de gestión del servicio de transporte público.
  • El importe de la cifra neta de negocios correspondiente al prestador del
    servicio y al ejercicio de 2019.
  • Los ingresos del prestador del servicio que correspondan a la
    aplicación de tarifas o precios públicos de los servicios de transporte
    correspondientes al año 2019 (lo que implica que no se incluirán
    ingresos que tengan su origen en actividades ajenas a la del transporte
    público).
  • El porcentaje de participación del ayuntamiento que facilita la
    información en el consorcio o entidad metropolitana en el año 2019.
    A todos estos datos se habrá de incorporar, como documentación anexa,
    entre otros, una certificación del interventor de la entidad local que
    suministra la información con los ingresos por tarifa o por precio público
    obtenidos en 2019, indicando los distintos tipos de títulos de transporte, el
    número de los emitidos y los ingresos correspondientes a cada uno de
    ellos.
    Con esta medida el Gobierno da un paso más en su compromiso con las
    Entidades Locales en este periodo de pandemia que se une a la
    suspensión de las reglas fiscales en 2020 y 2021. Una decisión que está
    permitiendo a los municipios usar sus remanentes de tesorería.
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