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El Gobierno de España amplía el margen de las ayudas directas de la Línea de 7.000 millones a empresas particularmente afectadas en sus territorios

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El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Real Decreto-ley 5/2021 de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID19, por la que se permite a las Comunidades Autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla ampliar los sectores y empresas que podrán beneficiarse de la línea de ayudas directas a autónomos y empresas dotado con 7.000 millones de euros.

Esos 95 sectores se establecieron aplicando criterios objetivos, basados
en el efecto de la pandemia en el empleo de cada sector. En concreto, en
el momento de aprobación del Real Decreto-ley, en esos sectores el 10%
de sus trabajadores estaban protegidos por un Expediente de Regulación
Temporal de Empleo (ERTE) y, además, no habían vuelto a la actividad al
menos un 75% de los trabajadores que llegaron a este en ERTE en el peor
momento de la pandemia, en abril de 2020.


Con el cambio aprobado hoy, se permite a las Comunidades Autónomas y
a las ciudades de Ceuta y Melilla ampliar el número de empresas y
autónomos que se podrán beneficiar de estas ayudas, atendiendo a las
especificidades del tejido productivo de cada región y a los efectos que
sobre sus empresas y trabajadores autónomos hayan podido tener las
medidas de contención de la pandemia establecidas por cada región.
Adicionalmente, se incluye la posibilidad de que las Comunidades
Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, de forma excepcional,
puedan otorgar ayudas a empresas viables que hayan tenido un resultado
negativo en 2019.


Línea de ayudas directas a autónomos y empresas


Esta línea, dotada con 7.000 millones de euros, canaliza ayudas directas
a través de las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla
a autónomos y empresas de los sectores más afectados por la pandemia,
cuyos ingresos hayan caído al menos un 30% con respecto a 2019.
Estas ayudas tienen carácter finalista y se pueden emplear para el pago
de deudas contraídas por las empresas desde marzo de 2020, como pagos
a proveedores, suministros, salarios, arrendamientos o reducción de la
deuda financiera.

Los autónomos que tributan por estimación objetiva podrán recibir hasta
un máximo de 3.000 euros, y el resto de autónomos y empresas entre
4.000 y 200.000 euros. Las ayudas están condicionadas al mantenimiento de la actividad hasta el 30 de junio de 2022.


Finalmente, con el fin de facilitar a las empresas el pago de sus
obligaciones de carácter no tributario, se habilita a las Delegaciones de
Economía y Hacienda a conceder a las empresas un periodo de carencia
de dos años desde la fecha de su vencimiento para el pago de las mismas,
y un fraccionamiento posterior de la deuda de hasta dos años

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